Reforma laboral y discapacidad

Tres meses después de la publicación del decreto, el pasado 31 de marzo acabó el plazo que se concedió para la adaptación de las empresas. Hablamos del nuevo marco de contratación que determina los cambios en el mercado de trabajo y que busca acabar con la alta temporalidad en el empleo. E incluye esa singularidad de la reforma laboral y discapacidad.

Ahora que la ‘reforma Díaz’ ya está del todo en vigor, desde Ceesur Integración celebramos el que se haya hecho una excepción con las personas con discapacidad. Nos referimos a la hora de declarar la guerra a los contratos temporales. Los que rigen la relación que se establece entre nuestros empleados y clientes gracias a la intermediación de nuestro Centro Especial de Empleo.

La excepcionalidad bien entendida para la discapacidad

Así que cuando la vicepresidenta segunda del Gobierno dijo que la temporalidad tenía los días contados, nos echamos a temblar. Pensando en el porvenir de nuestros 400 trabajadores. Y, sobre todo, en las muchas dificultades añadidas que sufren a la hora de acceder al mercado de trabajo. Menos mal que la cosa quedó en un susto y existirá de facto esa excepción en la dinámica de la reforma laboral y discapacidad.

Ahora bien, en Ceesur Integración nos preocupa que los empresarios no estén al tanto de esta excepción imprescindible. Un factor que les disuada de incorporar a uno o más trabajadores con discapacidad a sus plantillas. Y también nos inquieta que la nueva reforma redunde en un mercado laboral más rígido. Y es que los expertos advierten de esa posibilidad frente al que alumbró la legislación de la ministra Báñez en 2012.

La realidad de la reforma laboral

En ese caso, las empresas se lo pensarán dos y tres veces a la hora de contratar, independientemente de que la candidata o el candidato tenga o no alguna discapacidad.  Y nos preguntamos si ¿Somos tan ilusos de creer que, las compañías recurrirán en masa a los centros especiales de empleo para buscar personal? ¿Y solo por el hecho de que, por ejemplo, los contratos para la obtención para la práctica profesional podrán celebrarse hasta los cinco desde los tres años, tras obtener la certificación en las personas con discapacidad? Seamos realistas.

Porque se debe cumplir la Ley General de Discapacidad. Pero también porque no hay mejor manera de promover la autonomía e independencia de todas estas personas, que fomentando su integración laboral. Ojalá el tiempo nos diga que la reforma laboral no vino a poner todavía más palos en las ruedas.